COMO BENEFICIARSE DE LA DEVOLUCIÓN DE LAS 03 UIT

¿COMO BENEFICIARSE DE LA DEVOLUCIÓN DE LAS 03 UIT?

COMO BENEFICIARSE DE LA DEVOLUCIÓN DE LAS 03 UIT

Reviso la boleta de pago y observo descuento por impuesto a la renta de quinta (5) categoría. Pero leí que es posible utilizar gastos personales y que podría solicitar a SUNAT la devolución del impuesto de quinta cat. retenido. ¿Qué debo hacer para utilizar dicho beneficio?

1.- D. Supremo 179-2004-EF y las modificatorias

– Ley del Impuesto a la Renta

 

2.- Resolución de Superintendencia 303-2018-SUNAT

a.    Reglamento del D. Leg. 1057- CAS

1.- ¿Quiénes pueden participar en la devolución de las 3 UIT adicionales?

– Aquellos que superan las 07 UIT en los ingresos de 4ta y/o 5ta categoría en el año.

– Se utilizará aquellos gastos se haya incurrido en el año. Ejemplo: Los pagos por alquiler de cuarto desde enero 2019 hasta diciembre 2019.

2.- ¿Cuáles son los gastos que se pueden utilizar para deducir las 3 UIT?

* Arrendamiento y/o subarrendamiento destinado para vivienda o vivienda y actividades empresariales conjuntamente. Hasta el 30%

* Honorarios de médicos y odontólogos por servicios prestados en el país. Hasta el 30%

* Honorarios por servicios prestados vinculados a toda profesión, arte, ciencia u oficio, excepto las señaladas en el inciso b) del artículo 33° de la Ley del Impuesto a la Renta. Hasta el 30%.

* Aportaciones a ESSALUD a favor de trabajadores del hogar. Hasta el 100% 

* Los importes pagados por alojamiento en hoteles y consumos en restaurantes. Hasta el 15%

3.- ¿Requisitos para deducir dichos gastos?

– Solicitar Boleta de Venta Electrónica o Ticket POS (Para Nuevo RUS) o Ticket ME (Para Nuevo RUS, Brindan servicio de Restaurantes y Alojamiento).

– Efectuar el pago por medio electrónico (Depósitos en cuentas, Giros, Transferencias de fondos, Órdenes de pago, Tarjetas de débito expedidas en el país), cuando sobrepase los S/ 3,500 o US $ 1,000.

4.- ¿Mi hija le están colocando brackets y pagué S/ 2,800 soles, puedo deducir dicho gasto?

Buena pregunta¡, Si, en este caso bastará que el médico odontólogo emita el Recibo por Honorarios electrónico.

No es necesario que el pago se aplique por medio electrónico. Se acepta pago en efectivo.

El monto máximo a deducir: S/ 2800 * 30% = S/. 840

5.- CASO 01: José es ingeniero civil y tiene los siguientes gastos:

¿Sirven de sustento para deducir el impuesto a la renta de 4ta y 5ta cat.

Si, a continuación, el cálculo a determinar el impuesto a pagar o saldo a favor, consignando los gastos personales de José.

Con dicho saldo a favor, José podrá solicitar la devolución a SUNAT.